PETICIONES FAMILIARES

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Peticiones Familiares

INFORMACIÓN GENERAL SOBRE FAMILIARES INMEDIATOS

En Law Office of Jose Molina, PLLC podemos ayudarlo a reunirse con los miembros de su familia si es ciudadano estadounidense o residente permanente. Un ciudadano estadounidense puede presentar una solicitud de tarjeta verde en nombre de un "pariente inmediato" sin tener que esperar para obtener los beneficios de inmigración. Esto se puede hacer solicitando una visa de inmigrante (si el pariente está fuera de los EE. UU.) O un ajuste de estatus (si el pariente está en los EE. UU. con otro estatus).


Cuando solicita una tarjeta verde como familiar inmediato de un ciudadano estadounidense, puede solicitar una autorización de trabajo temporal. No debe salir de los EE. UU. hasta que se apruebe su solicitud de tarjeta verde. Si se va, su solicitud puede ser denegada y tendrá que volver a presentarla. Hay algunas excepciones a esta regla y puede obtener un permiso especial para salir de los EE. UU. por un período corto de tiempo en casos de emergencia. A excepción de los casos de matrimonio, normalmente no se requiere que un pariente inmediato asista a una entrevista personal antes de que se apruebe su solicitud.

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LA LEY DE MIGRACIÓN Y NACIONALIDAD DISPONE QUE LAS SIGUIENTES PERSONAS SE CONSIDERAN “PARIENTES INMEDIATOS”:

    Cónyuge de un ciudadano estadounidense (consulte Matrimonio con un ciudadano estadounidense). Hijos solteros menores de 21 años que tienen al menos un padre ciudadano estadounidense. Padres de un ciudadano estadounidense si el niño tiene más de 21 años.
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INFORMACIÓN GENERAL SOBRE FAMILIARES DE PREFERENCIA

Un ciudadano estadounidense o un residente permanente puede presentar una solicitud de tarjeta verde en nombre de un "pariente de preferencia". A diferencia de un "pariente inmediato", un pariente de preferencia tiene que esperar en la fila para que su tarjeta verde esté disponible. Esto se debe a que existe un límite en la cantidad de tarjetas de residencia que se pueden emitir cada año en la categoría de Pariente de Preferencia. El Boletín de Visas indica el período de espera para la Categoría de Familiar Preferido y es actualizado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos mensualmente.

Una vez que se complete el período de espera de su familiar, se puede presentar su solicitud de tarjeta verde. Esto se puede hacer solicitando una visa de inmigrante (si se encuentra fuera de los EE. UU.) O un ajuste de estatus (si se encuentra en los EE. UU. con otro estatus). Cuando solicita una tarjeta verde, puede solicitar una autorización de trabajo temporal. No debe salir de los EE. UU. hasta que se apruebe su solicitud de tarjeta verde. Si se va, su solicitud puede ser denegada y tendrá que volver a presentarla. Hay algunas excepciones a esta regla y puede obtener un permiso especial para salir de los EE. UU. por un período corto de tiempo en casos de emergencia. Excepto en los casos de matrimonio, normalmente no se requiere que un familiar inmediato o de preferencia asista a una entrevista personal antes de que se apruebe su solicitud.

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LA LEY DE INMIGRACIÓN Y NACIONALIDAD ESTABLECE QUE LAS SIGUIENTES PERSONAS SON CONSIDERADAS “PARAENTES DE PREFERENCIA

    Primera Preferencia: Hijos solteros mayores de 21 años de un Ciudadano Estadounidense. Segunda Preferencia: Cónyuge e Hijos menores de 21 años de un Residente Permanente. Hijos solteros mayores de 21 años de un Residente Permanente.


    Tercera preferencia: Hijos casados de un ciudadano estadounidense. Cuarta preferencia: Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos.


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